El derecho a la educación de las personas con discapacidades

Autor/es

Informe del Relator Especial sobre el derecho a la educación de las Naciones Unidas, Vernor Muñoz

Resumen:

El informe parte de que la realización del derecho a la educación de las personas con discapacidad depende de la «educación inclusiva».

El mismo recepta las conclusiones sobre las respuestas que surgen de un cuestionario enviado Estados de todo el mundo, a organizaciones no gubernamentales y a diversos órganos de protección internacional de derecho humanos.

Entre otros datos, el relator pudo corroborar que del total de las personas con discapacidad en el mundo, entre el 80 y el 90 % vive en situación de pobreza, que existe una insuficiente preocupación estatal en incluir a este colectivo en los sistemas educativos de cada país. De este grupo, sólo entre el 1 y el 5% de niños y niñas en edad escolar están incluidos en los mencionados sistemas.

Entre las obligaciones de los Estados, el relator resalta las de índole normativa, legislativa y financiera; dentro de esta última se hace hincapié en el deber de asignar el máximo de recursos disponibles y en la necesidad de una voluntad política para poner en marcha un sistema educativo compatible con la inclusión.

A lo largo del informe se pueden ver conclusiones del relator en cuanto a la asignación de recursos como paso importante para lograr un sistema de inclusión efectivo. Entre otras, puede leerse que: «Demasiado a menudo se considera erróneamente que la inclusión es prohibitivamente  costosa, poco práctica o una cuestión que estrictamente tiene que ver con la discapacidad.
No obstante, la investigación sugiere que los Estados que han aplicado apropiadamente el  modelo de educación inclusiva han encontrado que su aplicación y funcionamiento son menos  costosos que los servicios de educación especial segregados».